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Nota recibida en el Portal Temático de Ciberecija en relación con las noticias del Correo de Andalucía
Foto: Carretera La Campiña

(En relación con la noticia publicada en el Correo de Andalucía de fecha 13 de mayo de 2003, y que se insertó en ciberecija junto con la correspondiente de rectificación de fecha 14 de mayo de 2003, recibimos en esta redacción la siguiente nota de Prensa Écija para su publicación. Este escrito fue el que se envió también al Director del Correo de Andalucía para su rectificación).

De acuerdo con lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, que regula el ejercicio del Derecho de Rectificación, le remito el escrito de rectificación de la noticia publicada por su portal de internet el día 20 de mayo de 2003, referente al apartado 25M Elecciones, concretamente con el titular "multa al alcalde por inaugurar una carretera", debemos señalar lo siguiente:

1º.- En relación a la noticia que es copia de la que firma el corresponsal de El Correo de Andalucía, Manuel Rodríguez , ni el texto, ni el titular se ajusta a la realidad más allá de una interpretación personal del mencionado corresponsal, persona, desde luego no versada en cuestiones de procedimientos electorales.

En este sentido, no es cierto que se haya fijado multa alguna para el alcalde de Écija Julián Álvarez por el acto de apertura de la carretera que une Écija con el Polígono Industrial 'La Campiña', celebrado el pasado domingo día 11. Lo que ha acordado la Junta Electoral de Zona de Écija -con el voto en contra del juez presidente- es iniciar un expediente sobre el contenido y desarrollo del mencionado acto.

2º.- También es falso que la Junta Electoral de Écija de la razón a los denunciantes, sino que simplemente en su resolución, que no auto como se afirma el mencionado corresponsal en su noticia, se ha limitado a conceder un plazo de 10 días al Ayuntamiento de Écija para la presentación de las alegaciones o reclamaciones que tenga por conveniente.

Asimismo, le recuerdo la obligación de publicarlo dentro de los tres días siguientes al de su recepción de forma íntegra, y con la misma relevancia que la noticia cuya rectificación se pretende, a fin de evitar el ejercicio de la acción de rectificación ante los Tribunales de Justicia, todo ello sin perjuicio de emprender cualquiera otra vía judicial por los hechos imputados en la precitada noticia.

Información:Prensa Écija (20/5/03)