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Gobierno y Sindicatos de Policía Local de Écija alcanzan un acuerdo sobre segunda actividad

Gobierno y Sindicatos de Policía Local de Écija alcanzan un acuerdo sobre segunda actividad
octubre 07
14:03 2013

La semana pasada el Equipo de Gobierno cerró con los Representantes de los trabajadores de la Policía Local un importante acuerdo, el Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local, un acuerdo que lleva meses fraguándose.

En dicho sentido, según la Responsable de Personal del Ayuntamiento de Écija, Silvia Heredia “con esta firma cerramos una etapa de reivindicación de la Policía Local y se regula un procedimiento que garantizará el buen servicio y la correcta organización de los efectivos locales; ha sido un pacto positivo para los agentes y para la Administración”.

Tras varios meses de negociación, el Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local establecido por Ley, se plasma en un documento de seis capítulos y treinta artículos donde se reconoce el trabajo de especial peligrosidad y penosidad prestado por los agentes durante los años de servicio, por un lado, y por otro, se garantiza el equilibrio entre policías en servicio activo y en segunda actividad, no suponiendo una merma en el servicio.

“Con este paso, el Equipo de Gobierno continua acercando posturas con los Agentes Sociales consiguiendo así la armonía social que debe primar en estos tiempos difíciles, ya que tanto para los sindicatos como para nosotros es de vital importancia estar en sintonía por el bien de la Cuidad de Écija” explica Heredia.

Según se establece en el Reglamento, “la segunda actividad es una situación administrativa especial de los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local que tiene por objeto fundamental garantizar una adecuada aptitud psicofísica mientras permanezcan en activo, y en la que se permanecerá hasta el pase a la jubilación, u otra situación, que no podrá ser la de servicio activo, salvo que el pase a la situación de segunda actividad se produzca como consecuencia de la pérdida de aptitudes psicofísicas y que las causas que lo motivaron hayan desaparecido”.

Asimismo, establece que “se procederá la declaración de segunda actividad únicamente desde la situación deservicio activo. Durante la permanencia en situación de segunda actividad, los funcionarios gozarán de las mismas mejoras de carácter social y económico que vienen reguladas en el Reglamento de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Écija. En función de la disponibilidad del personal y de las necesidades orgánicas y funcionales de la organización policial, los funcionarios que pasen a la situación administrativa de segunda actividad podrán ocupar hasta alcanzar la jubilación, aquellos puestos de trabajo que se señalen en la correspondiente relación de puestos de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Écija. En todo caso, los funcionarios que pasen a la situación de segunda actividad, quedarán hasta alcanzar la edad de jubilación, a disposición de la Alcaldía Presidencia para el cumplimiento de funciones policiales cuando por razones excepcionales de seguridad ciudadana lo requieran”.

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