Los
cinco hermanos de Écija que reclaman una herencia millonaria,
llevan su caso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Las acciones
legales emprendidas por estos hermanos ante el Tribunal Constitucional
tampoco han prosperado después de que la Quinta de
la Audiencia Provincial de Sevilla al desestimase su demanda
donde reclamaban una herencia millonaria a la que no tuvieron
acceso por nacer fuera del seno matrimonial de su padre, fallecido
en 1966.
Ante esta
desestimación, han elevado su caso al Tribunal Europeo
de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia). El
abogado que representa los intereses de estos cinco hermanos
-- cuatro mujeres y un hombre--, Fernando Osuna, ha informado
de que la "negativa" del Tribunal Constitucional
a las pretensiones de sus clientes ha motivado la decisión
de elevar el asunto al Tribunal de Derechos Humanos, argumentando
una posible violación de derechos fundamentales, entre
ellos el de la tutela judicial efectiva y trato discriminatorio.
"Lo que se defiende en este asunto que se lleva al Tribunal
Europeo es que el padre tenía la voluntad coaccionada
y no fue libre para dejar en herencia parte de sus bienes
a sus cinco hijos extramatrimoniales. Esta cuestión
no fue juzgada en el anterior juicio del año 2003",
señala en un comunicado el abogad a cuenta de la "negativa"
del TC a sus demandas, toda vez que en septiembre de 2010,
la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla
desestimó su reclamación.
En el
mes de junio de 2003, los cinco hermanos en cuestión
interpusieron una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia
de Écija interesando la declaración de nulidad
del testamento otorgado por su padre, quien había fallecido
en el año 1966, basándose en la preterición
de la que habían sido objeto en dicho testamento. Esta
demanda fue desestimada en mayo de 2004 por el referido juzgado,
que argumentó entonces que el testamento era conforme
al Derecho vigente en el momento del fallecimiento del causante.
Tras ello,
concretamente en 2006, volvieron a plantear la demanda basada
en los mismos argumentos, que fue rechazada por el Juzgado
de Écija y también por la Audiencia Provincial
de Sevilla, quien en un auto emitido e septiembre de 2010,
al que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso
de apelación al tratarse de "cosa juzgada"
anteriormente.