El
Ayuntamiento autoriza 12 plantas solares fotovoltaicas sobre
la cubierta de edificaciones.
Las instalaciones
serán capaces de aportar en la ciudad de Écija
una potencia total instalada en torno a 449’57 Kw (kilowatios),
equivalentes al consumo real de unas 100 viviendas de la ciudad,
aproximadamente.
El Ayuntamiento
de Écija ha autorizado, dentro de su término
municipal, 12 instalaciones solares fotovoltaicas sobre cubiertas
de diferentes edificios, distribuidos en su mayor parte por
los diferentes suelos industriales, así como un edifico
docente. Concretamente, el centro educativo es el de la SAFA,
y los polígonos los de La Campiña, Maza y Marín
y el polígono Dinta.
La energía
eléctrica producida por estas placas solares fotovoltaicas
se realiza en corriente continua, por lo que en la misma cubierta
o en el suelo adosado a la edificación, se instalarán
los diferentes equipos inversores al objeto de transformar
la energía en corriente alterna, con las mismas características
que la generada por las compañías suministradoras.
Una vez
realizada la conversión, se inyectará en las
redes de distribución de la compañía
suministradora, en el punto de enganche determinado por la
misma, que normalmente coincidirá con el circuito que
discurra por la vía pública donde se encuentra
la edificación.
Teniendo
en cuenta las posibles pérdidas, las referidas instalaciones
serán capaces de aportar en la ciudad de Écija
una potencia total instalada entorno a 449’57 kW (kilowatios),
equivalente aproximadamente al consumo real de unas 100 viviendas
de la ciudad.
Con la
generación de energía eléctrica a través
de instalaciones fotovoltaicas se contribuye a la disminución
de los gases de efecto invernadero, quedando recogida la normativa
aplicable en el Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre,
sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la
red de baja tensión.
Antecedentes
En el
año 1994 se acordó por parte de los países
miembros de la Convención Marco sobre el Cambio climático,
incorporar un acuerdo con exigencias más estrictas
para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
En 1995 los gobiernos inician negociaciones sobre un protocolo,
es decir, un acuerdo internacional vinculado al tratado existente,
pero con autonomía propia. El texto del Protocolo de
Kyoto se adoptó por unanimidad en 1997.
La principal
característica del Protocolo es que tiene objetivos
obligatorios relativos a las emisiones de gases de efecto
invernadero para las principales economías mundiales
que lo hayan aceptado. Estos objetivos van desde una reducción
del 8% hasta 10% del nivel de emisión de los diferentes
países en 1999.
La UE
ha establecido su propio acuerdo interno para alcanzar su
objetivo del 8% distribuyendo diferentes porcentajes entre
sus Estados Miembros, y como consecuencia de ello cada uno
de los países incluido España, han legislado
al objeto de alcanzar dichos objetivos.