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El Ayuntamiento autoriza 12 plantas solares fotovoltaicas sobre la cubierta de edificaciones.

Las instalaciones serán capaces de aportar en la ciudad de Écija una potencia total instalada en torno a 449’57 Kw (kilowatios), equivalentes al consumo real de unas 100 viviendas de la ciudad, aproximadamente.

El Ayuntamiento de Écija ha autorizado, dentro de su término municipal, 12 instalaciones solares fotovoltaicas sobre cubiertas de diferentes edificios, distribuidos en su mayor parte por los diferentes suelos industriales, así como un edifico docente. Concretamente, el centro educativo es el de la SAFA, y los polígonos los de La Campiña, Maza y Marín y el polígono Dinta.

La energía eléctrica producida por estas placas solares fotovoltaicas se realiza en corriente continua, por lo que en la misma cubierta o en el suelo adosado a la edificación, se instalarán los diferentes equipos inversores al objeto de transformar la energía en corriente alterna, con las mismas características que la generada por las compañías suministradoras.

Una vez realizada la conversión, se inyectará en las redes de distribución de la compañía suministradora, en el punto de enganche determinado por la misma, que normalmente coincidirá con el circuito que discurra por la vía pública donde se encuentra la edificación.

Teniendo en cuenta las posibles pérdidas, las referidas instalaciones serán capaces de aportar en la ciudad de Écija una potencia total instalada entorno a 449’57 kW (kilowatios), equivalente aproximadamente al consumo real de unas 100 viviendas de la ciudad.

Con la generación de energía eléctrica a través de instalaciones fotovoltaicas se contribuye a la disminución de los gases de efecto invernadero, quedando recogida la normativa aplicable en el Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión.

Antecedentes

En el año 1994 se acordó por parte de los países miembros de la Convención Marco sobre el Cambio climático, incorporar un acuerdo con exigencias más estrictas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. En 1995 los gobiernos inician negociaciones sobre un protocolo, es decir, un acuerdo internacional vinculado al tratado existente, pero con autonomía propia. El texto del Protocolo de Kyoto se adoptó por unanimidad en 1997.

La principal característica del Protocolo es que tiene objetivos obligatorios relativos a las emisiones de gases de efecto invernadero para las principales economías mundiales que lo hayan aceptado. Estos objetivos van desde una reducción del 8% hasta 10% del nivel de emisión de los diferentes países en 1999.

La UE ha establecido su propio acuerdo interno para alcanzar su objetivo del 8% distribuyendo diferentes porcentajes entre sus Estados Miembros, y como consecuencia de ello cada uno de los países incluido España, han legislado al objeto de alcanzar dichos objetivos.

 

 

 

Información: Ellisa García - Prensa Écija (13/05/2010)


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